Colombia es uno de los más megadiversos del mundo, albergando alrededor del 10%
de todas las especies conocidas en el planeta. Ocupa lideratos globales de suma importancia, primer lugar en diversidad de aves, orquídeas y mariposas; segundo en anfibios, peces de agua dulce y plantas; tercero en palmas y reptiles; sexto lugar mundial en número de mamíferos. Hasta finales de 2024 se habían observado más de 80 000 especies en territorio colombiano, de las cuales aproximadamente 8 537 son endémicas (únicas de Colombia). Esos datos son más que suficientes para
comprender que la construcción y operación de carreteras y otros medios de
comunicación y movilidad humana plantean retos en materia de protección de la fauna silvestre, conectividad ecológica y prevención de atropellamientos de animales.
La Constitución Política consagra el deber estatal de proteger la diversidad e integridad del ambiente (arts. 8, 79 y 80), lo cual incluye la fauna silvestre como parte del
patrimonio natural de la Nación. Este mandato ha servido de fundamento para el
desarrollo de normas legales y reglamentarias orientadas a la conservación de la
biodiversidad.
En el plano penal, un hito fue la expedición de la Ley 1774 de 2016, que reconoció a los
animales como seres sintientes y modificó el Código Penal para introducir el delito de
maltrato animal. En particular, el artículo 339A del Código Penal sanciona a quien, por
cualquier medio o procedimiento, maltrate a un animal causándole la muerte o
lesiones graves, con penas de prisión, multa e inhabilidades.
Si bien el atropellamiento de fauna en carretera no constituye per se un tipo penal autónomo, puede adquirir relevancia penal cuando se demuestra dolo, crueldad o una culpa grave, especialmente en escenarios de abandono del animal herido o de conductas manifiestamente temerarias. Así, la protección penal opera como un marco
de última ratio que refuerza el deber general de respeto y cuidado hacia los animales.
Paralelamente, la regulación ambiental y de infraestructura ha avanzado en la incorporación de criterios de sostenibilidad y protección de fauna. Los estudios de impacto ambiental, los planes de manejo y las obligaciones de concesionarios viales incluyen cada vez con mayor frecuencia medidas para reducir la fragmentación de
hábitats y la mortalidad de especies.
En este contexto, el Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) nos invitó hace una semana al
lanzamiento de la Guía de Lineamientos para la Prevención y Mitigación del
Atropellamiento de Fauna Silvestre, documento que recoge buenas prácticas en
identificación de puntos críticos, señalización especializada, pasos de fauna,
cerramientos dirigidos, sistemas de monitoreo y se establece como un documento
clave para la prevención de la accidentalidad vial referida a especies sintientes, la cual
debe ser un referente claro para las empresas del sector transportador, con mayor
énfasis en el transporte intermunicipal, especial y de turismo, dada la frecuencia de
sus operaciones; en conclusión debemos tener en cuenta que no se trata solo de seguridad vial, sino de conservación de la biodiversidad y cumplimiento de deberes constitucionales.
Reducir la velocidad, atender a las diversas señalizaciones, identificar las advertencias
de cruce de fauna, evitar maniobras imprudentes, conocer con detenimiento los
corredores viales y reportar animales heridos a las autoridades son acciones
concretas que salvan vidas —humanas y animales—, ello por cuanto proteger la fauna
en carretera no es solo un deber legal; es una manifestación de responsabilidad ambiental y de respeto por la extraordinaria biodiversidad que distingue a Colombia ante el mundo.